Empresa de Colectivos del Oeste: ¿Quién pagará las multas de tránsito, choferes o la empresa?

Nuevas reglas en la Empresa del Oeste: ¿Quién pagará las multas de tránsito ahora?

La Empresa del Oeste, que opera las líneas 244, 302, 303, 320, 390, 441, 443, 461, 462, 463, y 464, emitió un comunicado dirigido a sus conductores. 
A continuación los detalles.

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La Empresa del Oeste, que opera las líneas 244, 302, 303, 320, 390, 441, 443, 461, 462, 463 y 464  emitió un comunicado dirigido a sus conductores. 
En el texto, la empresa informa sobre un importante cambio en la gestión de multas de tránsito, estableciendo que, a partir del 1 de octubre, cada chofer será responsable de abonar las multas que le correspondan. Además, se detallan medidas para ayudar a los conductores a evitar infracciones durante sus recorridos.

A continuación, se reproduce el comunicado completo:

Estimados Conductores,

Les informamos que a partir del 1 de octubre, la empresa dejará de gestionar el fondo de multas. En adelante, cada conductor deberá hacerse responsable de las multas que le correspondan, vinculándolas directamente a quien las haya cometido.

Consideramos que este nuevo enfoque permitirá una mejor gestión y asignación de responsabilidades. Sin embargo, la empresa seguirá gestionando las multas conocidas como "casa bobo" y, además, reiteraremos los reclamos ante los distintos municipios.

Para facilitar la prevención de infracciones, les proporcionaremos mapas con la ubicación de las cámaras y puntos de control, para que puedan evitarlas en sus recorridos.

Agradecemos su comprensión y colaboración en este cambio.

Atentamente,

LA EMPRESA


¿Cuándo le correspondería pagar la multa de tránsito al trabajador y cuándo a la empresa?

En el caso de multas de tránsito relacionadas con colectivos, la responsabilidad de pago puede depender de la situación y la normativa local, pero generalmente se observa lo siguiente:
  • Le corresponde al trabajador:
    • Cuando la infracción está relacionada con su conducta al volante. 
      • Ejemplos incluyen:
        • Exceso de velocidad
        • Uso del celular mientras conduce.
        • No respetar señales de tránsito.
      • En estos casos, la responsabilidad recae sobre el conductor, ya que la infracción es consecuencia de su accionar directo.
    • Algunas empresas tienen políticas internas que establecen que, si el chofer comete una infracción, será su responsabilidad cubrir el costo.
  • Le corresponde a la empresa:
    • Cuando la multa se debe a condiciones del vehículo o cuestiones administrativas que son responsabilidad de la compañía. 
      • Esto puede incluir:
        • Falta de mantenimiento del colectivo 
          • Luces rotas
          • Frenos en mal estado
        • Documentación vehicular vencida.
        • Infracciones en puntos de control o cámaras automatizadas que no implican un error del conductor, conocidas como multas "casa bobo", que la empresa todavía gestionará en algunos casos. 
    • Las empresas de transporte suelen ser responsables de mantener sus vehículos en condiciones adecuadas, y en estos casos, no sería justo trasladar esa responsabilidad al chofer. 
    • Así, la responsabilidad puede variar según la infracción y las políticas internas de la empresa.


Un chofer es un profesional habilitado y debe ser el primero en cumplir todas las normas de tránsito.




Fuente:
Empresa del Oeste

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