Cambios en Colectivos de Larga Distancia: ¿Cómo afectarán a los pasajeros?

El Gobierno Anuncia Desregulación en Colectivos de Larga Distancia: Cambios Clave para los Pasajeros

A través de la Secretaría de Transporte, el presidente Javier Milei impulsará reformas para liberar el sector de transporte de pasajeros. Los detalles.

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El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, liderado por Federico Sturzenegger, y la Secretaría de Transporte, bajo la dirección de Franco Mogetta, están a punto de implementar un nuevo esquema operativo para los servicios de colectivos de larga distancia y traslados a aeropuertos y terminales portuarias.

Con la próxima desregulación, las empresas de transporte tendrán mayor flexibilidad para definir recorridos, horarios, modalidades y tarifas para sus servicios, tanto regulares como temporales. 

Esta medida permitirá a las operadoras elegir libremente los puntos de inicio, recorridos y finalización de los viajes, eliminando la obligación de utilizar las terminales de pasajeros tradicionales para salidas y llegadas.

El nuevo esquema también incluye la creación de un Registro de Empresas Operadoras en formato digital, y permitirá que cualquier empresa interesada ofrezca servicios de enlace entre Aeroparque y Ezeiza, así como entre la Capital Federal y estas dos terminales aéreas.

Sin embargo, la implementación de estos cambios dependerá de la adhesión de las provincias y municipios al nuevo marco normativo. 

Los detalles finales del decreto, que los técnicos de la cartera de Sturzenegger y del área de Transporte están afinando, incluirán reformas importantes en precios, terminales y recorridos.

Precios, Terminales y Recorridos: Aspectos Claves de la Nueva Desregulación

  • Se establecerá un nuevo Registro de Empresas Operadoras, el cual permitirá realizar trámites online para la inscripción y baja de servicios. 
    • Tanto personas jurídicas como físicas podrán registrarse como empresas de transporte automotor de pasajeros. 
    • Las personas jurídicas deben estar constituidas bajo una figura societaria legal vigente, con el transporte de pasajeros como parte de su objeto social. 
    • Las personas físicas extranjeras o las entidades jurídicas con capital total o parcialmente extranjero podrán operar en igualdad de condiciones que las empresas argentinas.
  • Las empresas deberán detallar su capacidad de transporte, tipo y cantidad de vehículos, oferta de asientos, seguros del parque móvil y la nómina de choferes con licencias profesionales vigentes. 
  • También tendrán que especificar si ofrecerán servicios de manera regular o temporal, y registrar los datos de los pasajeros, así como el origen, paradas intermedias y destino de los viajes.
  • Las compañías de larga distancia que ya operan en el mercado serán incorporadas automáticamente al nuevo Registro y podrán continuar prestando sus servicios regulares durante la transición al nuevo sistema. 
  • En este período, deberán actualizar el registro con la nueva metodología para los servicios actuales y cualquier expansión a nuevos destinos.
  • Las empresas también podrán transportar cargas y correspondencia según la normativa de transporte y servicios postales vigente. 
  • Los vehículos deberán cumplir con las leyes de tránsito en cuanto a pesos, dimensiones y seguridad.
  • Se permitirá a las empresas formar acuerdos para compartir vehículos y personal, siempre que cuenten con los seguros obligatorios de pasajeros y contra terceros. 
  • Los vehículos deben estar radicados en el país, y las empresas deben acreditar su propiedad o tenencia a través de contratos de leasing o comodato.
  • Las empresas podrán definir libremente los recorridos, horarios, precios, modalidades y tiempos de los viajes, cumpliendo con las normativas de seguridad. 
  • No estarán obligadas a usar terminales específicas y podrán realizar ascensos y descensos de pasajeros en cualquier lugar permitido por las autoridades provinciales y locales. 
  • Además, podrán operar en todos los puertos, aeropuertos y aeródromos nacionales.
  • Las concesionarias de aeropuertos y terminales portuarias deberán facilitar a las empresas de transporte la instalación de locales de atención al público y puntos de llegada y partida en esos espacios.



Fuente:
https://revistacolectibondi.com.ar/

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