¿Cómo se distingue al conductor hipoacúsico?

¿Sabías que los vehículos conducidos por hipoacusicos deben estar identificados como tales?

Hay un cartel que indica que el conductor es hipoacúsico, es decir que tiene algún grado de dificultad auditiva y en consecuencia, no puede escuchar los toques de bocina o las sirenas y se necesita otra interacción para comunicarse.

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Si el auto que va delante tuyo es conducido por una persona hipoacúsica de nada valdrá que le toques bocina si querés comunicarle algo. Es por ello que es importante que estos vehículos estén identificados de alguna manera.

¿Cómo están identificados? 

Con una chapa o calcomanía de 30 cm de largo por 8 cm de ancho, pintada a cuadros en colores rojo y amarillo alternativamente. 
Las mismas se colocan en los laterales arriba del guardabarro y en la parte trasera a los lados de la patente.

Identificador colocado en un vehículo automotor para  conductor hipoacúsico


Este Identificador colocado en un vehículo automotor indica que el Conductor es Hipoacúsico.
    • Las identificaciones se colocan en los laterales arriba del guardabarro y en la parte trasera a los lados de la patente.
  • Es decir que tiene algún grado de dificultad auditiva (incluso incapacidad auditiva total) 
  • La finalidad de este cartel es advertir que el Conductor no puede escuchar los toques de bocina y las sirenas 
      • Por lo tanto los otros Conductores únicamente podrán interactuar con él por medio de luces y los Peatones con señas de movimiento.

¿De qué manera actuar frente a esto?

Los otros conductores únicamente podrán interactuar con él por medio de señas de luces y los peatones con señas de movimiento.

Ley 11.430 - Código de tránsito de la provincia de Buenos Aires

Artículo 17º  Inciso 19 

  • Los vehículos conducidos por HIPOACÚSICOS o sordos deberían estar dotados de los siguientes dispositivos adicionales a los enumerados en el presente artículo:
  1. De dos  espejos retroscópicos 
    • Colocados uno en cada puerta delantera del automotor
    • De manera tal que permiten al conductor la perfecta visión por reflexión de las fajas de circulación paralelas al vehículo, de la calle o carretera que va dejando atrás, hasta una distancia no menor de setenta metros del mismo.
  2. De una chapa de treinta centímetros de largo por ocho centímetros de ancho
    • Pintada en cuadros de dos centímetros por dos centímetros con colores alternativamente amarillo y rojo
    • Ubicado en la mitad de la parte posterior del vehículo, en lugar bien visible, con su eje mayor en posición horizontal.

  3. De dos chapas de dieciséis  centímetros de largo por seis centímetros de ancho pintados de igual manera que la indicada en el apartado B)
    • Ubicados en cada guardabarros delantero, en su parte lateral, en lugar bien visible, con su eje mayor en posición horizontal.




Fuente:
http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/legislacion/94-2719.htm
https://www.fnls.com.ar/

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