¿De cuánto es la multa por no tener el Domicilio Vial Electrónico?

Domicilio vial: Nuevo requisito para usuarios de VTV y licencias de conducir

El ministerio de Transporte bonaerense resolvió la obligatoriedad Domicilio Vial Electrónico para acceder a la licencia de conducir y VTV. 

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Se trata de una gestión que habrá que cumplir por única vez, no todos los años. 

El Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, a cargo de Jorge D’Onofrio, resolvió la obligatoriedad:
  • Del Domicilio Vial Electrónico 
  • Para usuarios de: 
    • La VTV
    • Centros Emisores de Licencias de Conducir 
    • Diversos trámites administrativos.

Desde el mes de junio de 2023, y en base a la Resolución N° 125/2023:
  • Es obligatoria la constitución del Domicilio Vial Electrónico (DVE) para ciudadanos que deban realizar trámites o gestiones administrativas en distintas áreas institucionales del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires

La medida busca “Mejorar y agilizar los tiempos en los procesos administrativos” y “Brindar más seguridad en términos jurídicos a usuarios y usuarias” afirman desde la cartera provincial.

Asimismo, aseguran que DVE permitirá “Una comunicación más fluida para la información de avisos, citaciones, intimaciones, notificaciones y otras cuestiones que facilitan los mecanismos de gestión a las y los ciudadanos”.


✅Actualización obligatoria

Otro de los puntos que establece esta normativa es que también será obligatorio mantener actualizados los datos en el Domicilio Vial Electrónico constituido, y se deberá informar toda modificación que sobre ellos se produzcan. 
La actualización tendrá efecto a partir de los diez días hábiles administrativos posteriores a su presentación.

“La falta de actualización no podrá invocarse para alegar la nulidad de los avisos, citaciones, intimaciones, notificaciones y/o comunicaciones cuando las mismas se hubieran realizado de conformidad con los lineamientos establecidos en la presente y los datos brindados durante el registro y alta o consignados en el formulario correspondiente”, amplía el documento gubernamental.

Se debe realizar el trámite aunque tenga la VTV y la Licencia de conducir al día

¿Quiénes y cómo deben tramitar del Domicilio Vial Electrónico (DVE)?

Domicilio Vial Electrónico:

La normativa se aplicará desde el 1 de junio de 2023:
  • A toda persona física o jurídica, mayor de 18 años y/o que tenga la expresa autorización de sus padres o tutores
  • Que deba efectuar cualquier trámite, gestión y/o procedimiento ante los Centros de Emisión de: 
    • Licencias de Conducir
    • Juzgados Administrativos de Infracciones de Tránsito Provincial
    • Talleres de Verificación Técnica Vehicular
    • En el portal oficial del Ministerio de Transporte 
      • www.gba.gob.ar/transporte
      • Quienes deberán registrar, constituir y dar de alta, por única vez, un "Domicilio Vial Electrónico".
      • Pulsar en "Acceso Usuarios".
      • Para identificarse puede utilizarse: 
        • La Clave Fiscal de la AFIP
        • La Clave de Seguridad Social de la ANSES o 
        • La Clave de Gestión Documental Electrónica Buenos Aires (GDEBA).
      • Completar el formulario con los datos requeridos y presionar "Registrarme".
      • Verificar que en el correo electrónico que llegó un mensaje de confirmación y activar la cuenta.
      • La plataforma comunicará: "Tu cuenta ha sido activada con éxito"

¿Quiénes quedan exentos?

  • Para las personas mayores de 70 años de edad, la constitución del DVE es optativo.

El DVE es un instrumento creado a los fines de que se cursen allí todos: 
  • Los avisos
  • Citaciones
  • Intimaciones
  • Notificaciones y/o 
  • Comunicaciones 
  • Que se originen como consecuencia de una infracción de tránsito constatada, incluido el dictado de sentencia y tratamiento de recursos, sin perjuicio de otras modalidades legales existentes.

De esta manera, toda notificación recibida por los ciudadanos al DVE se considerará “Notificación fehaciente” a todos los efectos legales.

¿Cómo gestionar el  Domicilio Vial Electrónico?


✅Persona Humana:
  • Deberá tramitarse personalmente completando un formulario (físico o en línea) al momento de realizar trámites presenciales ante alguna de las dependencias enunciadas o
  • Ingresando al portal oficial del Ministerio de Transporte:
    • https://www.gba.gob.ar/transporte
    • O el que en el futuro lo modifique o reemplace- y proceder de acuerdo a las indicaciones y/o manual de registración que allí se proporcionan.

✅Persona Jurídica:

  • Deberán constituir "Domicilio Vial Electrónico" a través de su representante legal y/o apoderado con facultades suficientes, quien a la vez deberá haber constituido el propio de forma previa. 
  • Los instrumentos de comunicación que reciban las personas jurídicas en su "Domicilio Vial Electrónico" constituido, serán accesibles para su representante legal y para quién éste haya delegado el acceso.

¿Cómo acceder al Domicilio Vial Electrónico? 

  • A los fines del acceso a su "Domicilio Vial Electrónico", el usuario deberá: 
    • Ingresar al sitio https://domiciliodigital.gba.gob.ar
    • Acreditar su identidad a través de alguno de los proveedores disponibles, que certifiquen un nivel de seguridad sustancial o superior. 
    • La omisión de este paso no podrá invocarse para alegar la nulidad de los avisos, citaciones, intimaciones, notificaciones y/o comunicaciones cuando las mismas se hubieran realizado de conformidad con los lineamientos establecidos en la Resolución N° 125/23 del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires y los datos brindados durante la registración yalta o consignados en el formulario correspondiente.

Obligaciones del Ciudadano 

  • Será obligación del adherente ingresar al "Domicilio Vial Electrónico" y 
  • Verificar la existencia de notificaciones
  • Así como también mantener actualizados sus datos constituidos, debiendo informar toda modificación que sobre ellos se produzca.

¿Qué se comunicará a través del Domicilio Vial Electrónico?

  • Avisos
  • Citaciones
  • Intimaciones
  • Notificaciones
  • Comunicaciones 
    • Que se originen como consecuencia de: 
      • Una infracción de tránsito constatada, incluido el dictado de sentencia y tratamiento de recurso, que deban efectuarse al presunto infractor por las autoridades de aplicación y comprobación establecidas en la Ley N° 13.927, sin perjuicio de otras modalidades legales existentes. 
    • Del mismo modo, se comunicarán avisos de proximidad de vencimiento de:
      • Licencias de conducir o 
      • De la verificación técnica vehicular ylo 
      • Cualquier otra inherente a los trámites promovidos. 
    • La Autoridad de Aplicación remitirá a modo de recordatorio de cortesia, una notificación a la persona fisica y/o juridica registrada, mediante correo electrónico o mensaje telefónico, informando de nuevas comunicaciones practicadas al Domicilio Vial Electrónico.

Beneficios de la normativa:

  • Otorga seguridad jurídica 
  • Reduce los tiempos del proceso administrativo
  • Asegura la rápida y efectiva comunicación acerca de las infracciones de tránsito labradas, buscando desalentar la repetición de la conducta disvaliosa y 
  • Garantiza el efectivo cumplimiento por parte de la Administración del deber de informar a los ciudadanos/as.

¿Cuánto cuesta la multa?

  • Al renovar la VTV y NO tener el Domicilio Vial Electrónico en forma en la provincia de Buenos Aires constituye la invalidez de la VTV. 
  • De ser este el caso, el costo de la multa se mide en Unidades Fijas y se toma como referencia el precio del litro de nafta de mayor octanaje que tiene el Automóvil Club Argentino de La Plata. 
    • Valor de la Unidad Fija período Julio/Agosto 2023
      • El valor actual de la UF corresponde a $290.1 y fue establecido por la Resolución RS-2023-26797726-GDEBA-SSPYSVMTRAGP.
  • En el distrito bonaerense el valor por la falta varía desde $68.850 hasta $229.500.


Fuente:
https://www.gba.gob.ar/seguridadvial
https://www.25digital.com.ar/

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