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Restricción de camiones por vacaciones de invierno
✅Del viernes 15 al domingo 17 de julio habrá restricción de circulación para camiones de más de 3.500 kilos en más de 25 rutas nacionales y en los principales accesos del AMBA.
Horarios, Rutas y Sentido del flujo vehicular acá
✅La Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, comunica que por el inicio de las vacaciones de invierno los días:
✔Viernes 22 y sábado 23 de julio de 2022 se restringirá la circulación de camiones con carga de más de 7 (siete) toneladas de porte bruto en:
- La Autovía 2
- Rutas Provinciales 11, 36, 56, 63, 74, y
- Autopista Buenos Aires–La Plata
✔Viernes 15 y sábado 16 de julio de 2022 se restringirá la circulación de camiones con carga de más de 7 (siete) toneladas de porte bruto en:
- La Autovía 2
- Rutas Provinciales 11, 36, 56, 63, 74, y
- Autopista Buenos Aires–La Plata
✔Sentido a Costa Atlántica
- Viernes 22 de julio de 2022 de:
- 18:00 hs a 23:59 hs
- Sábado 23 de julio de 2022 de:
- 06:00 a 14:00 hs
✔Sentido a Costa Atlántica
- Viernes 15 de julio de 2022 de:
- 18:00 hs a 23:59 hs
- Sábado 16 de julio de 2022 de:
- 06:00 a 14:00 hs
✔ Autopista Buenos Aires – La Plata
- Desde Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta la ciudad de La Plata.
✔Ruta Provincial Nº 2 (AUTOVIA 2)
- Desde km 40,5 del Ramal Buenos Aires – Mar del Plata de la
- Autopista Buenos Aires – La Plata hasta el Km. 400 (Camet).
✔Ruta Provincial Nº 11
- Desde intersección con RP Nº 36 (Pipinas) hasta el Km. 537 (Chapadmalal)
✔Ruta Provincial Nº 36
- Desde Rotonda RP Nº 10 (Prolongación Av. 66 - La Plata) hasta la intersección con RP Nº 11 (Pipinas)
✔Ruta Provincial Nº 56
- Desde su intersección con la RP Nº 11 (Gral. Conesa) hasta su intersección con la RP Nº 74 (Gral. Madariaga).
✔Ruta Provincial Nº 63
- Desde Distribuidor de Transito con RP Nº 2 (Dolores) hasta Intersección con RP Nº 11 (Esquina de Crotto).
✔Ruta Provincial Nº 74
- Desde su intersección con la RP Nº 56 (Maipú) hasta su intersección con la RP Nº 11 (Pinamar).
Exceptuar de toda restricción para circular, temporaria o permanente, a los vehículos del autotransporte de cargas menores a SIETE (7) toneladas de porte bruto y a los vehículos que a continuación se detallan:
a) De transporte de leche cruda, sus productos derivados, y envases asociados.
b) De transporte de animales vivos.
c) De transporte de pescado y mariscos congelados.
d) De transporte de productos frutihortícolas en tránsito.
e) De transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual.
f) De atención de emergencias.
g) De grúas/asistencia a vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o para su traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío.
h) De transporte de combustible, de gas natural comprimido y gas licuado de petróleo.
i) De transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos.
j) De transporte de medicinas.
k) De transporte de depósitos final de residuos sólidos urbanos y/o patogénicos.
l) De transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.
m) De transporte de sebo, hueso y cueros.
n) Cuando se oponga a disposiciones que en idéntico sentido dicte la Secretaría de Gestión del Transporte de la Nación, y/o la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, y/o la Agencia Nacional de seguridad Vial, sobre una misma vía, día y horario.
Vialidad Provincial recomienda a los conductores:
- Circular con las luces bajas encendidas
- Con la V.T.V. actualizada
- Respetar las velocidades máximas y mínimas
- Colocarse el cinturón de seguridad
- No sobrepasar a otro vehículo con presencia de doble línea amarilla
- Los niños menores de 12 años deben viajar en el asiento trasero correctamente sujetados
- Haber dormido y descansado antes de emprender un viaje y no beber alcohol
Fuente:
http://www.vialidad.gba.gov.ar/
https://www.argentina.gob.ar/
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