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¿Cuándo se pierde la Prioridad de Paso?
Según la Ley Nacional de Transito la prioridad de paso es absoluta para el vehículo que circula desde la derecha, pero hay 10 excepciones adonde esta prioridad se pierde.
Cuando llegamos a una intersección, sabemos que la prioridad de paso es para el vehículo que circula por la derecha.
Esta prioridad no es arbitraria, sino que es la forma que encontraron los legisladores para ordenar el tránsito.
Prioridad de Paso Ley 24449
En el Artículo 41 de la Ley 24449 podemos leer:
Prioridades:
- Todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha. Esta prioridad del que viene por la derecha es absoluta”
Esta prioridad es absoluta, pero es la misma legislación la que establece excepciones.
¿Cuándo se pierde la prioridad de paso por la derecha?
Los 10 casos que marca la Ley de Transito adonde se pierde la Prioridad de Paso son:
1) La señalización específica en contrario
- Cuando llegamos a una intersección y hay un cartel de PARE o CEDA EL PASO debemos detener la marcha completamente, aunque estemos circulando desde la derecha.
2) Los vehículos ferroviarios
3) Los vehículos del servicio público de urgencia, en cumplimiento de su misión
- Perdemos la prioridad de paso con:
- Las ambulancias
- Patrulleros o
- Autobomba de los bomberos
Siempre que estos vehículos estén cumpliendo una misión y tengan la sirena encendida.
4) Los vehículos que circulan por una semiautopista.
- Antes de ingresar o cruzarla se debe siempre detener la marcha
- La legislación aclara semiautopista y no dice nada de las Avenidas.
- En el Artículo 5 de la Ley mencionada define a la semiautopista de la siguiente manera:
Semiautopista:“Un camino similar a la autopista pero con cruces a nivel con otra calle o ferrocarril”.
- Y sobre la Autopista nos dice que es:
Autopista:“Una vía multicarril sin cruces a nivel con otra calle o ferrocarril, con calzadas separadas físicamente y con limitación de ingreso directo desde los predios frentistas lindantes”
Es decir que según la legislación nacional entre una Avenida y una calle la prioridad sigue siendo del vehículo que circula desde la derecha. Ahora cuando nos encontramos cruzando una semiautopista esta prioridad se pierde.
5) Los peatones que cruzan lícitamente la calzada por la senda peatonal o en zona peligrosa señalizada como tal
- Debiendo el conductor detener el vehículo si pone en peligro al peatón
- Cuando llegamos a una intersección y hay un peatón cruzando o comenzando a cruzar la calle siempre debemos detener la marcha hasta que este termine de cruzar.
6) Las reglas especiales para rotondas
- La circulación a su alrededor será ininterrumpida sin detenciones y dejando la zona central no transitable de la misma, a la izquierda
- Tiene prioridad de paso el que circula por ella sobre el que intenta ingresar debiendo cederla al que egresa, salvo señalización en contrario.
7) Se desemboque desde una vía de tierra a una pavimentada
- Cuando nos encontramos circulando por una calle de tierra, debemos detenernos por completo antes de ingresar a una arteria asfaltada, ya que esta es otra de las excepciones adonde perdemos la prioridad.
8) Se circule al costado de vías férreas, respecto del que sale del paso a nivel
- En la imagen vemos un utilitario blanco que por estar saliendo del paso a nivel, tiene prioridad de paso por sobre el auto gris que circula desde su derecha.
9) Se haya detenido la marcha o se vaya a girar para ingresar a otra vía
10) Se conduzcan animales o vehículos de tracción a sangre.
El Artículo mencionado concluye indicándonos lo siguiente:
“Si se dan juntas varias excepciones, la prioridad es según el orden de este artículo.Para cualquier otra maniobra, goza de prioridad quien conserva su derecha.En las cuestas estrechas debe retroceder el que desciende, salvo que éste lleve acoplado y el que asciende no.”
¿En todas las Provincias rige la misma legislación?
Si, la Ley es Nacional por lo que tiene aplicación en todas las Jurisdicciones.
A pesar de eso cada Provincia puede tener legislaciones que adhieren a la Ley 24449 pero modifican algún Artículo.
Veamos algunos casos:
En la Provincia de Buenos Aires:
El Nuevo Código de Transito (Ley Provincial 13.927)
- Adhiere y mantiene las prioridades y las excepciones de la Ley Nacional.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
El Código de Transito de la Ciudad de Buenos Aires en el punto 6.7.2 “A” dice sobre la prioridad de paso:
- En encrucijadas sin semáforo de arterias de distinta jerarquía, a los vehículos que circulan por la arteria de más importancia, siendo el orden de prevalencia el siguiente:
- Avenida:
- Si un vehículo circula por una calle y el otro por una Avenida
- La prioridad es para el vehículo que circula por la arteria de mayor jerarquía.
- Calle:
- Si ambos vehículos circulan por calles
- La prioridad de paso es para el que circula desde la derecha.
- Pasaje
Es muy importante conocer la legislación, tanto la de tu jurisdicción como la que rige en las demás Provincias, sobre todo cuando vas a realizar un viaje.
Cuando un vehículo ingresa a una Avenida desde la derecha: ¿Quién debe ceder el paso?
Lee la nota acá
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¿Quién tiene prioridad cuándo los semáforos no funcionan? acá
Fuente:
Ley de Tránsito 24449 Artículo 41
https://www.seeguran.com.ar/
https://www.taringa.net/
Ministerio de Transporte
1 Comentarios
Qué pasa cuando la intersección es entre una calle doble mano y una de mano única?. Si yo vengo transitando por la calle de doble mano, la prioridad la tengo yo o el que viene circulando por la calle de mano única?
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