Acarreo de vehículos en la ciudad de Buenos Aires

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Si tu vehículo fue acarreado, su retiro se gestiona en la Playa de Acarreo más cercana y el horario de atención es durante las 24 horas, todos los días del año.


Si tu vehículo fue acarreado, los Agentes de Tránsito dejarán un sticker en el espacio donde se encontraba, indicando dirección y documentación que deberás presentar para retirarlo.

 



La recuperación del vehículo se gestiona en la playa de acarreo más cercana y el horario para retirarlo es durante las 24 horas, todos los días del año. 
Este trámite puede efectuarlo el titular o un tercero (siempre que lleve la cédula azul al trámite).

Playas de guarda de vehículos acarreados.


  • Las playas de guarda de los vehículos acarreados de acuerdo a lo dispuesto en la nota anterior deberán guardar proximidad con el lugar de remoción, debiendo estar convenientemente distribuidas en el territorio de la Ciudad.
Esta previsión no se aplica al acarreo de vehículos pesados, admitiéndose en este caso la existencia de una única playa de remisión para tales vehículos.

Pasados más de quince (15) días corridos contados desde la fecha de ingreso del vehículo a la playa de guarda correspondiente, sin que el mismo haya sido retirado, este puede ser trasladado a otro lugar por cuestiones operativas, sin que esto suponga un costo adicional para su propietario.

Procedimiento para disposición de vehículos no retirados. 

Transcurridos quince (15) días desde la guarda del vehículo acarreado por cualquiera de las razones establecidas en la nota anterior, sin que sea retirado, será  automáticamente  considerado  como  abandonado,  y  podrá  ser  trasladado  a  otra  playa  dentro  del  ámbito  de  la  Ciudad,  sin  que  ello  importe  un  costo  adicional  al  que  correspondiera abonar por el acarreo original, para su propietario.
Dicha circunstancia será notificada al titular dominial para que proceda a su retiro del lugar  en  que  se  hubiera  dispuesto  su  guarda,  dentro  de  los  quince  (15)  días  de  notificado,  bajo  apercibimiento  de  iniciar  el  procedimiento  contemplado  en  la  ley  N°  342, operando esta notificación como primera en los términos del artículo 2° de la Ley 342.

Disposición de remoción

Independientemente que el servicio de acarreo pueda ser realizado con vehículos y personal provistos por un concesionario la remoción solo podrá ser dispuesta por un funcionario público con poder de policía y/o un agente de control de tránsito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires quien determinará cuando procede la misma. 
Es función de la Autoridad de Aplicación impartir las instrucciones para el control y la supervisión de la actividad y determinar los lugares donde intensificar los controles.

Comunicación de la remoción

La Autoridad de Aplicación dispondrá de una línea telefónica gratuita y una página Web donde poder consultar por los vehículos acarreados y el sitio donde se encuentran remitidos.
Podrá la Autoridad de Aplicación cuando las circunstancias lo ameriten disponer la fijación, de una etiqueta adhesiva sobre la acera, en una playa inmediatamente próxima al lugar donde se hallaba estacionado el vehículo, informando que el mismo ha sido remitido a la playa de guarda de vehículos acarreados.



Documentación que deberás presentar para retirar tu vehículo:


  • Licencia de conducir
  • Cédula verde/azul
  • Seguro o póliza al día

Pasos a seguir dentro de la Playa de Acarreo:


  • Entrega de documentación (licencia de conducir, cédula verde/azul y seguro o póliza al día)
  • Pago por el acarreo
  • Retiro del vehículo


Ubicaciones de las playas de Acarreo:


  • Si tu vehículo se encontraba entre la calle: Viamonte (excluida) y Av. Belgrano (excluida), deberás acercarte a:
    •  La playa subterránea ubicada en Av. 9 de Julio y Sarmiento.

  • Si se encontrara al sur de la Av. Belgrano (incluida), será trasladado a 
    • La playa ubicada debajo de la autopista 9 de Julio, en Tacuarí 1277

  • Si en cambio hubiera sido removido en la Zona Norte -al norte de la calle Viamonte, inclusive esta-, es llevado a 
    • La playa de estacionamiento ubicada en Eduardo J. Couture entre Juan Antonio Bibiloni y Julio Víctor González, detrás de la Facultad de Derecho.


Daños del vehículo:


En caso que se registren daños en tu vehículo a causa del traslado, la empresa concesionaria a cargo del acarreo está obligada a contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra los gastos según la Ley.

Si consideras que tu vehículo fue acarreado injustamente, podes hacer tu descargo en el Controlador de Faltas.


Fuente: Ley Caba 21.481, www.buenosaires.gob.ar, Resolución nro 536010 Decreto N.° 432/20 10/12/2020


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