VTV Verificación Técnica Vehicular

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Todo lo que Tenes que saber sobre la VTV según la Ley de Tránsito 24.449


Muchas son las preguntas y dudas que nos hacen todos los días en nuestras redes sociales.
En esta nota respondemos las consultas mas frecuentes sobre la VTV

¿Qué es la VTV?

La Verificación Técnica Vehicular es el control periódico del estado mecánico y de emisión de gases contaminantes de los automotores.

En Todo el mundo, millones de vehículos la realizan obligatoriamente como requisito para circular. Entre nosotros, está prevista en la legislación vial nacional y provincial.

Para ello, la Provincia de Buenos Aires ha dividido su territorio en once zonas VTV, donde se presta el servicio bajo el sistema de concesión probada con pago de canon al Estado Provincial.

La provincia, asimismo, controla la presentación del servicio a través del Ente Regulador de la Verificación Técnica de Vehículos dependiente del Ministerio de Vivienda, infraestructura y Servicios Públicos.


A partir del año 2001, las empresas concesionarias VTV han comenzado a prestar servicio bajo normas de calidad ISO 9001:2008.



Todos los vehículos automotores, acoplados y semirremolques destinados a circular por la
vía pública están sujetos a la revisión técnica periódica a fin de determinar el estado de
funcionamiento de las piezas y sistemas que hacen a su seguridad activa y pasiva y a la
emisión de contaminantes. 

Todos los vehículos automotores, acoplados y semirremolques destinados a circular por la
vía pública están sujetos a la revisión técnica periódica a fin de determinar el estado de
funcionamiento de las piezas y sistemas que hacen a su seguridad activa y pasiva y a la
emisión de contaminantes.

Las piezas y sistemas a examinar, la periodicidad de revisión, el procedimiento a emplear, el
criterio de evaluación de resultados y el lugar donde se efectúe, son establecidos por la
reglamentación y cumplimentados por la autoridad competente. Esta podrá delegar la
verificación a las concesionarias oficiales de los fabricantes o importadores o a talleres
habilitados a estos efectos manteniendo un estricto control.

La misma autoridad cumplimentará también una revisión técnica rápida y aleatoria a la vera de la vía pública, sobre emisión de contaminantes y principales componentes de seguridad del vehículo, frenos, luces reglamentarias, estado de las ruedas, paragolpes, cinturones de seguridad y cabezales, extintores de incendio, balizas; estados de los asientos e higiene en el caso de los vehículos de transporte de personas, a lo dispuesto en el artículo 72, inciso c), punto 1: Que no cumplan con las exigencias de seguridad reglamentaria, labrando un acta provisional, la que, salvo en los casos de vehículos afectados al transporte por automotor de pasajeros o carga, presentada dentro de los tres días ante la autoridad competente, acreditando haber subsanado la falta, quedará anulada. El incumplimiento del procedimiento precedente convertirá el acta en definitiva.
La retención durará el tiempo necesario para labrar el acta excepto si el requisito faltante es
tal que pone en peligro cierto la seguridad del tránsito o implique inobservancia de las
condiciones de ejecución que para los servicios de transporte por automotor de pasajeros o
de carga, establece la autoridad competente.
En tales casos la retención durará hasta que se repare el defecto o se regularicen las
condiciones de ejecución del servicio indicado.




¿Cuándo se realiza la VTV?

Todos los vehículos radicados en la provincia de Buenos Aires y Capital Federal, deben realizar la Verificación Técnica de Vehículos teniendo en cuenta el tipo y uso.


Documentación necesaria para realizar la VTV


La documentación a presentar para realizar la verificación técnica es la siguiente:

  1. Título de Propiedad del Automotor (sólo la primera vez)
  2. Cédula Verde O Cédula Azul Original
  3. DNI, CI, o Registro De Conducir Original
  4. CUIT (si es de uso comercial)
  5. Cédula Amarilla GNC (si corresponde)
  6. Informe de Verificación Anterior (sólo para reverificaciones)


¿Qué controla en la VTV?

  • Alineación de ruedas directrices
  • Luces, bocina, limpiaparabrisas
  • Sistema de frenos
  • Sistema de dirección
  • Parte inferior del vehículo
  • Acondicionamiento interior
  • Control de gases de escape
  • Elementos de identificación (documentación, patente y grabado)
  • Silenciador
  • Matafuegos cargado y no vencido
  • Suspensión


¿Qué trámite debo realizar si extravió la tarjeta VTV o al romperse el parabrisas se dañe o pierda la oblea?


Únicamente presentarse en la planta donde realizó la VTV, con denuncia o exposición policial de su pérdida y en el momento, gratuitamente, se le repondrá la documentación.

El vehículo no está en uso ¿Se debe verificar de todas maneras?

No es necesario, la obligatoriedad de la VTV es para la circulación en la Vía Pública.

¿Puedo verificar en la planta que me quede más cómoda?


Si. En el caso que esté radicado en otra zona, se le hará completar una planilla de Solicitud de Cambio de Zona para realizar la VTV y podrá realizarla en el momento.

¿El vehículo sufre algún deterioro?

No. Está comprobado que los procedimientos efectuados para verificar los vehículos no afectan en absoluto al mismo.

¿Si voy vencido, hay recargo?


No hay recargo. El período de vigencia cuenta a partir de cuando realiza la verificación.

¿Qué pasa si me rechazan o condicionan? ¿Tengo que volver a pagar?

No. Si al verificar, el vehículo presenta algún defecto se le dará un plazo de 60 días corridos para solucionar el problema. Si vuelve dentro de ese plazo, no tiene que volver a abonar. En caso de excederlo, deberá abonar la tarifa completa y realizar la verificación nuevamente.

¿Si no hago la VTV me pueden multar?

Si, por circular sin haber realizado la VTV se retiene la licencia de conducir por 30 días reemplazándola por permiso provisorio y multa de 300 a 1000UF y por falta de documentación VTV también.

¿Puede verificar una persona que no sea el titular?


El trámite lo puede realizar cualquier persona presentando la documentación requerida del vehículo y un documento personal.

¿Los vidrios polarizados, están prohibidos?


Los vidrios polarizados están prohibidos por Ley, pero no es motivo de rechazo al verificar (con excepción del parabrisas). Únicamente se notifica mediante una observación. 
Lo que es importante tener en cuenta es que aprobar la verificación no lo exime de ser multado en la vía pública por este motivo. Los vidrios espejados son motivo de rechazo.

¿Cuántos días tengo para verificar?

Cuenta con 30 días antes del vencimiento para realizar la VTV y conservar así su fecha, pasado el vencimiento no cuenta con un período de gracia.

¿Qué verificación deben realizar camiones y camionetas?


De acuerdo a la legislación vigente todos los vehículos radicados en la provincia de Buenos Aires, deben cumplir con la verificación técnica. De acuerdo al lugar de radicación o al uso el cual se destine el vehículo deberá realizar además la verificación Nacional.

¿Se realizan operativos de control?


El personal de la VTV realiza controles en la Vía Pública en colaboración con personal de la Policía Bonaerense, Prefectura, Gendarmería y autoridades Municipales y/o provinciales o de la Agencia de Seguridad Vial.

¿El turno habilita a circular?


La solicitud de turno o la constancia de reserva NO habilita a circular con la VTV vencida. 
Si es encontrado en esas condiciones en la vía pública será pasible de sanciones.

Resultados posibles para una verificación


  • Apto: Vehículo que no cuenta con desperfectos graves ni leves (a lo sumo observaciones), por lo que obtendrá la oblea correspondiente que le indicará el mes y año del próximo vencimiento, además recibirá el certificado de verificación y un informe técnico.
  • Condicional: Significa que se le ha detectado uno o más defectos leves (DL). Esos defectos se detallan en el informe de inspección y contará con un plazo de 2 meses para resolver el inconveniente y volver a verificar sin cargo.
  • Rechazado: Significa que se le ha detectado uno o más defectos graves (DG). Esos defectos se detallan en el informe de inspección, el vehículo no está en condiciones de circular, por lo tanto debe solucionar el inconveniente y la re verificación será sin cargo dentro de los 60 días de verificado.


¿Los discapacitados deben abonar la verificación técnica?


Si su vehículo está afectado al uso de un discapacitado, no debe abonar la vtv, deben presentar:

  1. Original del Certificado de discapacidad.
  2. Original de Exención de pago de Patente.

¿La VTV es válida en todo el país?


Sí. Es válida para todo el país. Los vehículos de uso comercial interjurisdiccionales deben realizar además la verificación nacional.

¿Cuánto demora una verificación?


El tiempo de demora aproximado es de 20 minutos. 
Para su mejor atención Ud. puede reservar un turno en la página web sitio oficial




Fuente Ley de Tránsito 24.449 artículo 34, Ley 13927, Info VTV


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2 Comentarios

  1. Mi auto esta radicado en capital, y hace un año vivo en provincia de bs as a más de 500km... fui hacer la vtv acá en prov bs as... y no me aceptan, o sea eso de que te hacen un formulario deberían tenerlo más claro en las plantas verificadoras o no es como ustedes están diciendo... ya que el turno no te lo dan en la provincia por estar radicado en Caba... No queda Claro....

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  2. En Santa Cruz no es Obligatorio hacer la VTV se puede sircular si VTV en otras provincias cuando salís de vacaciones

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